14/01/25

“Gatijos y perrijos”, los grandes protegidos de la Ley Conan pero, ¿y los otros animales?

La ley de maltrato animal que hoy se actualiza tiene más de medio siglo. En ese tiempo, el concepto de tenencia de mascotas se ha transformado radicalmente pero algunas prácticas continúan siendo aberrantes y paleolíticas. ¿Qué sucederá con ellas si se sanciona la Ley Conan?

No hay grieta con los animales. En un país donde la tasa de natalidad baja al mismo tiempo que suben las tenencias de mascotas, el maltrato animal, la subalimentación, explotación y demás prácticas brutales son considerados crímenes. Sobre esa base, la Ley Conan, impulsada por el diputado Damián Arabia y avalada explícitamente por el presidente Milei, es tratada en Diputados y replicada en los medios con la misma “urgencia”.

Entrevista a Damián Arabia, impulsor de la Ley Conan

La Ley en sí misma, cuando sea aplicada, marcará un antes y un después en la responsabilidad “humana” frente a sus mascotas y animales. La última vez que se trató este tema en un recinto legislativo fue en 1954, en la que por primera vez se penalizó el maltrato animal. En efecto, la ley 14346 establece penas mínimas (15 días a un año, sin multas) a los que hicieren daño o abusaran de los animales.

El posteo en Instagram que realizó Javier Milei sobre la Ley Conan.

Esa pena se endurece notablemente con la Ley que lleva el nombre del mastín inglés del presidente: desde los 3 meses a los 3 años, multas onerosas y una ampliación del abanico de abusos a los que pueden ser sometidos los animales.

La iniciativa fue recibida con aplausos en las redes -donde el mismo Milei posteó las diferencias entre una ley y otra- pero también avivó algunos interrogantes que dejan puntos grises en una ley que nadie objeta en lo conceptual pero sí en lo empírico.

De hecho, entre los posteos en contra (no del “espíritu” de la ley, que no tiene grietas), algunos foristas se preguntan a qué consideran “alimento de mala calidad” y “cómo se aplicaría esto en el campo”, donde la sequía, inundaciones y otros derroteros dejan sin pastos a los rumiantes, sin contar con la explotación de animales (carreras de caballos, tracción a sangre, espectáculos acuáticos, doma, etc) que aún siguen siendo “atracciones onerosas (sobre todo en el interior del país). Justamente ahí es donde el abanico de maltrato se abre sin fin: pesca deportiva, caza, la explotación de los perros San Bernardo o Huskies en Bariloche -a los que encierran en verano para que corran más rápido entre la nieve en invierno- y hasta el viejo, vetusto y obsoleto circo, que todavía, crease o no, hay.

¿Qué pasará con los criaderos de pollos, verdaderos centros de tortura y exterminio que harían sonrojar al mismísmo Hitler? ¿O con los caballos que arrastran cargas exorbitantes en sus lomos y cuyos dueños no podrían pagar ni un kilo de yerba de multa? ¿Cómo se penaliza el lucrativo negocio de las carreras de galgos, que son sometidos a pruebas extremas para ser los “ganadores”? ¿Y con la tortura china a los que son sometidos animales para crear make up “para piel sensible”?

Una ley políticamente correcta que “afloja” un poco las tensiones que dejó la Ley Bases y un mercado encaprichado en no escuchar los llamados del libre mercado.

Gatijos y perrijos, agradecidos.

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