El primer compliance officer: Juan Bautista Alberdi
En sus escritos de madurez, entre 1870 y 1880, señala las malas prácticas o los desvíos legales en los distintos gobiernos federales y locales durante su vida, de modo concreto y con nombre y apellido
En su obra Sistema económico y rentístico, publicada en 1854, escrito que desarrolla el ideario de las Bases y de la Constitución de 1853, Juan Bautista Alberdi explica en el apartado sobre: “La justicia, cuyos agentes y establecimientos debe pagar el Tesoro de la Confederación (…) Es únicamente la que corresponde por la Constitución a la Corte suprema y a los tribunales inferiores, encargados del conocimiento y decisión de las causas excepcionales que la Constitución especifica en su artículo 97.(…) Al gasto de esa compensación agregará la justicia federal el de los establecimientos, oficinas y trabajos para facilitar y mejorar su desempeño. De estos trabajos, los más dignos de ser objeto de un gasto público serán la estadística criminal y civil, y la codificación o confección de leyes y estatutos de carácter técnico (…)”.
En esta clave interpretativa, Alberdi, preocupado por el gasto del presupuesto, la calidad de los funcionarios de control y justicia y el cumplimiento estricto de sus funciones, ensaya en varias obras hasta su muerte en el año 1884, la denuncia sobre la falta de cumplimiento con el ideal republicano de control de los funcionarios y su administración conforme el espíritu de la Constitución de la Confederación y la legalidad, demostrando los errores y desaciertos en las administraciones económicas y políticas conforme al nuevo régimen legal vigente.
Como el gran intelectual influyente en redacción de la Constitución de 1853 también puede ser reconocido (de hecho) como el primer oficial de cumplimiento del régimen legal constitucional económico argentino
En sus escritos de madurez, entre 1870 y 1880, señala las malas prácticas o los desvíos legales en los distintos gobierno federales y locales durante su vida, de modo concreto y con nombre y apellido.
Es decir, Alberdi narraba sobre la política y demostraba en estas épocas su opacidad en la gestión, criterios pocos razonables en términos legales o impropios en materia de política exterior y guerra conforme al ideario republicano y liberal.
Varias de estas denuncias políticas que Alberdi no tiene miedo ni pocas razones para denominarlos directamente como crímenes contra el pueblo, ocurrían gracias a los hombres que usufructuaban los poderes de gobierno de modo impropio o iliberal.
Los crímenes que denunció políticamente, desde su exilió su mayoría, fueron los de: El crimen de constitución de un gobierno nacional, en las Bases señalando a Rosas; el crimen de mala inversión del gobierno y el crimen de robo o defraudación de la contribución que le impone la ley al ciudadano, en el Sistema Económico y Rentístico como un mal de gobierno extendido a lo largo y ancho del país; el crimen de patriotismo, el crimen electoral y el crimen de candidatura oficial en Palabras de un Ausente contra Sarmiento, Mitre, Rosas; el crimen legislativo en La Omnipotencia del Estado contra todos los gobiernos que se decían liberales; el crimen de la guerra es un crimen cuando no tiene por objeto la paz, es decir la justicia, en El crimen de la guerra (obra póstuma) contra Mitre y Sarmiento; y los crímenes de lesa patria por altas tarifas de aduana y los empréstitos de toda forma, en Escritos Póstumos, entre otros, contra Sarmiento y Mitre.
Alberdi narraba sobre la política y demostraba en estas épocas su opacidad en la gestión, criterios pocos razonables en términos legales o impropios en materia de política exterior y guerra conforme al ideario republicano y liberal
Reconocer estas importantísimas advertencias desde aquellas épocas, desde su pluma y pensamiento, es reconocer los aportes que realizó en algunas de sus obras menos conocidas renombradas o leídas como: Peregrinación de Luz del Día (1871), Palabras de un Ausente (1974) y La Omnipotencia del Estado (1880).
En estas obras, Alberdi denuncia entonces el desvío del espíritu liberal de la sociedad y de actores del gobierno respecto del régimen constitucional de 1853 y la emergencia de una elite iliberal que erraba en el arte de gobernar y avanzaba omnipotente sobre los derechos individuales afectando el presupuesto real y la economía privada.
Por todo esto, Juan Bautista Alberdi, como el gran intelectual influyente en la redacción de la Constitución de 1853 también puede ser reconocido (de hecho) como el primer compliance officer, u oficial de cumplimiento del régimen legal constitucional económico argentino, o para otros, con justa razón, también puede ser visto como el primer defensor del pueblo en nuestro suelo.
Publicado en Infobae