09/02/25

“O se transforman o se van”: el golpe de Estado disfrazado de amenaza

EL GOLPE DE ESTADO CONTRA LA JUSTICIA (Un golpe a la turca)

“O se transforman o se van” (dirigido a los jueces)– Ministro de Interior Eduardo ‘Wado’ de Pedro, 4Mar21

La reforma constitucional de 1994 incluyó un artículo especial sobre los golpes de estado y sus consecuencias, y, aunque primaba la idea de un putsch de origen militar, no excluyó los golpes civiles (como el reciente intento de asalto al Capitolio) ni los autogolpes (como el de Erdogán en Turquía, en 2016, que encarceló a un tercio de los magistrados del país). Hoy avanza un golpe de estado contra el Poder Judicial motorizado por Cristina Fernández de Kirchner, acompañada por el Presidente de la Nación y por una fracción del Poder Legislativo. La interrupción del equilibrio institucional y del sistema republicano que implica debería llevar a la ciudadanía e instituciones a denunciarlo y a oponerse, invocando el mencionado art. 36 de la Constitución Nacional.

El caso de ERDOGAN en Turquía y la purga de los jueces

En 2016 el presidente ERDOGAN de Turquía fraguó un autogolpe militar para convertirse en dictador y impulsar una purga de funcionarios que le molestaban, especialmente magistrados, y reforzó sus poderes, en un crudo golpe de estado. Hoy en día continúan encarcelados más de 4000 jueces y fiscales. Esta situación altamente irregular demora el ingreso de su país en la Unión Europea, y ahora Erdogan quiere hacer buena letra y comenzar una reforma judicial

Los golpes de estado, definición y características

Los golpes de estado, en términos sencillos, implican la interrupción, por medios ilegales, de la institucionalidad, de los procesos legales de la sucesión política y el orden constitucional el Estado de Derecho, la vigencia de las instituciones de la República. Los especialistas distinguen entre las revoluciones y los golpes de estado, pero, a los efectos prácticos, se los puede englobar.

Solamente agregaría que, en el concepto original – coup d’Etat, en francés – “ (. . ) el concepto era muy similar a lo que se denomina en la actualidad autogolpe, es decir, el desplazamiento de ciertas autoridades del Estado, por parte de la autoridad suprema”. Casi desde el principio de nuestra organización constitucional en 1853, soportamos revoluciones y golpes de estado, muchos fracasados, pero, a partir de 1930 tuvieron por resultado un cambio en las autoridades constituidas. En general, fueron promovidos por las FF.AA. pero siempre con apoyos políticos partidarios y civiles.

Los golpes de estado y la reforma constitucional de 1994

Con la idea en mente de los golpes de estado militares, en 1994 los neoconstituyentes coincidieron en agregar una cláusula ‘anti golpe’’ plasmada en el nuevo art. 36 que dispone, sintéticamente que: a) la Constitución mantiene su vigencia aún bajo la administración de facto que surja del golpe, b) sus autores quedan incluidos en la sanción del art. 29 de traidores a la Patria, con responsabilidades civiles y penales e inhabilitados de por vida, c) las mismas sanciones corren para los que usurparen funciones, d) las acciones serán imprescriptibles, e) los ciudadanos tienen derecho de resistencia.

La definición admite que los golpes de estado pueden ser civiles o militares, y aun autogolpes, totales o parciales, y pueden o no estar ejecutados por militares, desde fuera o desde dentro del gobierno.

Duhalde y el golpe de estado contra De la Rúa

Curiosa pero comprensiblemente los políticos tienen una mirada mucho más benévola sobre los golpes de estado civiles. Así, a pocos años de sancionarse la reforma constitucional, en 2000/1 en Argentina sufrimos un golpe de estado civil contra el gobierno de De la Rúa, del cual nunca se quiso profundizar demasiado. Motorizando protestas y desórdenes, Duhalde, perdedor de las elecciones en las que aquel triunfó, terminó a la postre siendo presidente de la Nación. Pese a todo, muchos ensalzan su gestión. (Alguien recuerda este accionar estaban en el ADN de Duhalde cuya carrera política habría comenzado con un mini golpe de estado: elegido concejal a los tres meses organizó un juicio político al intendente, terminando el mismo presidiendo el Concejo Deliberante.

La moda actual de los golpes de estado civiles y Argentina

Si bien los golpes de estado militares fueron comunes durante el siglo pasado, en el presente tienen muy mala prensa y la comunidad internacional los condena. Por ello se han puesto de moda los golpes que ocurren sin la participación – al menos evidente – de las FFAA. Hay variantes: la de Hugo Chávez qué llega al poder por el voto popular, pero que, con el tiempo, fue produciendo un copamiento de las instituciones hasta transformar radicalmente el sistema de gobierno (como el clásico ejemplo de Hitler). Está la de Erdogán del autogolpe, y, más cerca en el tiempo, en Bolivia, Hugo Morales forzó la interpretación constitucional para obtener irregularmente un tercer mandato, lo que a su vez produjo otro golpe que lo removió de su cargo. Una variante actual, felizmente frustrada, fue lo ocurrido en los EEUU. terminando el mandato de Trump con el intento de tomar el Capitolio para impedir la consagración de las autoridades electas.

Argentina: si el intento de someter al Poder Judicial es un golpe de estado – Los métodos empleados

El partido gobernante controla el PE, gran parte del Poder Legislativo, pero no el Poder Judicial. Así los intentos de copamiento que estuve reseñando en notas anteriores aspiran a quedarse con todo el poder, eliminando la división de Poderes y avanzando hacia un gobierno hegemónico, antirrepublicano que semeja al chavismo.

Buscando atenuar la gravedad de las acciones se insiste en el origen no electivo de los jueces. Pero debe considerarse que el carácter vitalicio y sistema de designación de los magistrados – por el Presidente de la Nación con el acuerdo del Senado que representa a las provincias (hoy previa preselección por el Consejo de la Magistratura) –son resguardos básicos de nuestra Constitución. El ser los jueces vitalicios es una de las grandes garantías de la Constitución y la base del republicanismo, es un seguro crucial para los ciudadanos:  el control interpoderes, los check and balances, quedarían desdibujados si por una gran victoria electoral los magistrados asumieran su cargo en conjunto con el resto de las autoridades. En nuestra Constitución original, el Poder Ejecutivo era esencialmente renovable (no había reelección), el Congreso se renovaba parcialmente periódicamente (buscando contrapesar al Ejecutivo), y el Poder Judicial era estable y vitalicio, era el poder permanente que unía a las administraciones que se sucedían en los otros poderes. Pretender, como lo hizo CFK en su desorbitada presentación en la causa de lavado, que su elección por el voto popular le da un título superior al de los jueces, es una boutade inadmisible en una persona que integró la Convención Reformadora de 1994: nuestra constitución no distingue en ningún caso la “legitimidad de origen” (sin dejar de pensar, por otro lado, que quien lo invoca es una persona multiprocesada que, si se hubiera cumplido el requisito de la idoneidad que exige nuestra Constitución para ser elegida, nunca debió serlo).

Así la situación argentina es comparable con la de Turquía ya mencionada, en tanto se promueve desde dos de los poderes del estado contra el tercero, y se busca, especialmente, dominar a los jueces. Habrá quien sostenga que no puede compararse al método “Erdogan” que fue violento, con lo que está ocurriendo en nuestro país. Veamos si hay o no violencia en lo que está ocurriendo.

Las presiones y amenazas como violencia





¿Qué se puede decir de las amenazas como violencia? Las amenazas proferidas desde los más altos estamentos del país, por personas que han probado no tener demasiados escrúpulos, contienen una indiscutible carga de violencia. Comenzaron antes de asumir el actual gobierno, al principio por CFK y algunos de sus acólitos y sus abogados, y luego, más generalizadas, por legisladores y desde algunos medios de prensa, y hasta por el Presidente de la Nación. Recientemente, la frase del Ministro del Interior dirigidas a los magistrados, “O se transforman o se van!”, es incalificable. Peor aún, desde este punto de vista, el alegato de CFK en el juicio por lavado de dinero, cuando, desde su despacho en el Senado de la Nación, apuntaba a los jueces con el dedo, les decía que ahora les conocía la cara, fueron amenazas con ribetes mafiosos. Y siempre están los secuaces intelectuales que se suman al ejemplo de su jefa y lo quieren superar. Así hablamos de Bonafini, D’ Elía, pero también de Zaffaroni, Moreau, y la inefable Graciana Peñafort. Recordar que, en el caso de Trump, la opinión pública lo condenó por considerarlo incitador de la violencia y compárese esta situación con nuestro caso cuando vemos a CFK insultar y amenazar(“el sistema judicial está podrido!”) y lo que implican para sus seguidores. Las amenazas se agigantan cuando se menciona a un listado de jueces, quienes ven sus rostros en las primeras planas de los diarios, y también cuando desde la ANSES se los intima a jubilarse.

Hay también presiones sobre los magistrados y fiscales, sea por la vía de integrar con incondicionales los tribunales de enjuiciamiento para fiscales y jueces, o, aun peor, cuando, en el examen de los concursos de los magistrados, se incluyen temas de alta carga ideológica, como referirse al lawfare (la teoría de CFK para justificar sus 14 procesamientos). Esto recuerda las mejores prácticas del fascismo.

La violencia institucional

En nuestro caso hay otro tipo de violencia: la institucional. Habría que determinar qué es más grave, si la física o la institucional. Cuando en este caso se ha procurado forzar la interpretación, desconocer todo tipo de normas legales, hasta de convivencia, hasta usos y costumbres, hay una violencia de carácter muy grave. Y qué puede decirse de la Comisión Bicameral que se propuso luego de la Asamblea del Congreso promovida por el inefable PARRILLI para controlar a los jueces, en lo que parecía un disparate constitucional pero que, con el correr de los días, está cobrando fuerza.

Aprendida la lección de Erdogán, en la Argentina se está aplicando mucha violencia con un signo diferente de la de Turquía, pero también muy eficaz. Muchos opositores repiten que “hasta ahora no han logrado nada” con tales prepotencias, porque en el interín la Justicia continúa funcionando y se ha confirmado la sentencia de cárcel para el ex vicepresidente de CFK, y en febrero de 2021, se dictó sentencia imponiéndoles el máximo de la pena contra su testaferro Báez, todos sus hijos, y otros cómplices, en una causa que involucra a la CFK. Pero si vemos la parte del vaso media vacía, también he demostrado ¡cuánto ha avanzado en poco más de un año de gobierno! Por otro lado, tampoco hay que esperar a que triunfen para recién alarmarse y lamentarse.

Las disposiciones constitucionales sobre los golpes de estado y sus autores

El editorial del diario LA NACIÓN del 1º. de marzo pasado, el día de la Asamblea Legislativa – “¿Afianzar o socavar a la Justicia? – reseñó prolijamente la cantidad de acciones inconstitucionales, ilegales, y los delitos tipificados por el Código Penal que se estaban cometiendo en este putsh contra la Justicia. Separadamente, y en conjunto, los intentos que se están llevando a cabo para cooptar a la Justicia y anular todo tipo de control sobre la gestión gubernamental son ilegales, y así reconducen hacia el concepto del golpe de estado. Los autores en este caso son: en la cúspide, la vicepresidente Fernández de Kirchner, secundada por una serie larga de colaboradores y abogados, y un conjunto grande de legisladores, pero también la apoya el Presidente de la Nación o por convicción o por obligación, pero siempre ilegalmente.

https://visionliberal.com.ar/la-blitzkrieg-de-cfk-contra-la-justicia-la-guerra-continua/

Conclusiones – Qué puede y debe hacer la ciudadanía e instituciones

Se está produciendo un golpe de estado no tradicional, que se gesta dentro del mismo gobierno por amenazas y presiones institucionales, para someter y alinear al Poder Judicial. Queda claro que, si el Poder Judicial queda en manos del kirchnerismo, se termina la República. Lo está ocurriendo y vengo alertando desde hace mucho, es gravísimo. Al principio pretendía alertar a ciudadanos e instituciones sobre la realidad de lo que estaba ocurriendo, que no era una reforma judicial. Con los últimos acontecimientos nadie puede dudar sobre la gravedad, la calidad, la extensión de copamiento por parte de CFK con el acompañamiento de todo su sector.

También inicialmente, frente a una Justicia muy criticable, parte de la ciudadanía mostró cierta indiferencia, y los afectados reaccionaban singularmente en lo que a ellos perjudicaba, sin ver cómo avanzaba un plan global. Las instituciones titubeaban y no reaccionaban. Por ello debe quedar claro que esto es un golpe de estado, no es meramente un intento como alguien me decía: se está produciendo; que tenga éxito o no es otra cuestión, pero ya ha pasado del grado de tentativa, y se está implementando. Ahora bien, la propia constitución autoriza el derecho a la resistencia, y así habrá que tomarlo y defender la institucionalidad. Y los autores, incursos en delitos comunes (como bien lo explicó el antes mencionado editorial del diario LA NACIÓN), también son partícipes del golpe de estado y quedarán incursos en las sanciones que prevé la norma constitucional.

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[iv] El presidente Erdogan declaró que hay dos perspectivas principales, 9 objetivos, 63 metas y 256 actividades en la estrategia de la reforma judicial. “La reforma judicial aumentará la confianza de nuestros ciudadanos en el sistema y ayudará a crear un entorno de inversión más predecible”. “Con este documento, estamos introduciendo nuevos enfoques para fortalecer la libertad de expresión y avanzar”. Estamos dando nuevos pasos hacia el uso moderado del arresto”, agregó. https://www.aa.com.tr/es/pol%C3%ADtica/erdogan-anuncia-la-estrategia-de-la-reforma-judicial-para-turqu%C3%ADa/1493349 / https://confilegal.com/20191126-turquia-cifra-en-mas-de-3-900-los-jueces-y-fiscales-cesados-desde-el-intento-de-golpe-de-estado-de-2016/

[v]              Un golpe de Estado (calco del francés coup d’État) es la toma del poder político de un modo repentino por parte de un grupo de poder, vulnerando las normas legales de sucesión en el poder político vigente con anterioridad. Se distingue de los conceptos de revuelta, motín, rebelión, “putsch”(en alemán), revoluciónguerra civil. Usualmente estos términos se utilizan con poca propiedad o con intenciones propagandísticas, y en el transcurso de los hechos y procesos históricos, se suelen combinar entre sí (Wikipedia) (…)  El concepto de ‘golpe de Estado’ comenzó a ser empleado en Francia en el siglo XVII, para referirse a una serie de medidas violentas y repentinas tomadas por el Rey, sin respetar la legislación ni las normas morales, generalmente para deshacerse de sus enemigos, cuando el rey mismo consideraba que eran necesarias para mantener la seguridad del Estado o el bien común.2​ En este sentido original, el concepto era muy similar a lo que se denomina en la actualidad autogolpe, es decir, el desplazamiento de ciertas autoridades del Estado, por parte de la autoridad suprema. El término se fue ampliando a lo largo del siglo XIX para significar la acción violenta de un componente del Estado, por ejemplo, las fuerzas armadas, con el fin de desplazar a la cabeza del mismo. El concepto se superpuso entonces, y a la vez se diferenció, del de “revolución“, caracterizado sobre todo por estar principalmente organizado por civiles ajenos al Estado. Ya en el siglo XX, en 1930 apareció el libro Técnica del colpo di Stato (Técnica del Golpe de Estado) de Curzio Malaparte, que impondría el uso generalizado del concepto, básicamente en su acepción moderna, a partir del análisis crítico de las acciones del fascismo y el nazismo. Malaparte aplica el concepto del golpe de Estado no solo a una operación ejecutada por integrantes del Estado, sino también por poderes civiles, que —mediante la desestabilización del gobierno a través de acciones orientadas a generar caos social— provocan su caída y acceden al poder. Para Malaparte, la diferencia sustancial del concepto de golpe de Estado con los de «guerra civil» y «revolución» es esencialmente el uso de la sorpresa y la escasa duración relativa de las operaciones, «reduciendo “al mínimo el tamaño y la intensidad de la confrontación armada”».https://es.wikipedia.org/wiki/Golpe_de_Estado#cite_note-Harry-​

[vi]             CAPÍTULO SEGUNDO Nuevos derechos y garantías Artículo 36.- Esta Constitución mantendrá su imperio aun cuando se interrumpiere su observancia por actos de fuerza contra el orden institucional y el sistema democrático. Estos actos serán insanablemente nulos. Sus autores serán pasibles de la sanción prevista en el Artículo 29, inhabilitados a perpetuidad para ocupar cargos públicos y excluidos de los beneficios del indulto y la conmutación de penas. Tendrán las mismas sanciones quienes, como consecuencia de estos actos, usurparen funciones previstas para las autoridades de esta Constitución o las de las provincias, los que responderán civil y penalmente de sus actos. Las acciones respectivas serán imprescriptibles. Todos los ciudadanos tienen el derecho de resistencia contra quienes ejecutaren los actos de fuerza enunciados en este artículo. Atentará asimismo contra el sistema democrático quien incurriere en grave delito doloso contra el Estado que conlleve enriquecimiento, quedando inhabilitado por el tiempo que las leyes determinen para ocupar cargos o empleos públicos. El Congreso sancionará una ley sobre ética pública para el ejercicio de la función.

[vii]            “Lo del 2001 fue un golpe de Estado que encabezó Duhalde” El periodista Horacio Verbitsky dijo que el ex presidente De la Rúa “tiene razón”. Para él, la caída del gobierno estuvo gestada por Duhalde, Alfonsín y el FMI. (De la Redacción del diario RIO NEGRO –  https://www.rionegro.com.ar/lo-del-2001-fue-un-golpe-de-estado-que-encabezo-duhalde-ERRN_776013/ ) – infobae ¿Hubo un golpe “no tradicional” de Duhalde y Alfonsín contra De la Rúa? https://www.infobae.com/2015/05/11/1728079-hubo-un-golpe-no-tradicional-duhalde-y-alfonsin-contra-la-rua/

[viii]           Por su parte, el diputado y escritor Fernando Iglesias y el propio De La Rúa insisten en llamarlo el “Golpe de Estado de 2001”, en concordancia con los golpes militares clásicamente aceptados como tales (1930, 1943, 1955, 1962, 1966 y 1976) solo que en esta ocasión el componente militar del golpe fue la policía y no el ejército, siendo así un “golpe cívico-militar”, en un modus operandi similar al de la crisis que causó el similar adelanto de traspaso de mando del presidente Alfonsín, otro radical que también sufrió saqueos organizados. https://es.wikipedia.org/wiki/Crisis_de_diciembre_de_2001_en_Argentina

[ix]             V, BELLOTA, Araceli (historiadora) “La historia de los golpes de Estado en el país: “Duhalde nunca fue rey del voto”, https://750.am/2020/08/26/la-historia-de-los-golpes-de-estado-en-el-pais-duhalde-nunca-fue-rey-del-voto/

[x]              https://www.lanacion.com.ar/politica/de-pedro-o-jueces-se-transforman-se-nid2617923/

[xi]             V. SANTORO, Daniel en CLARIN del 7Mar21 https://www.clarin.com/politica/polemica-consejo-magistratura-examen-jueces-incluye-lawfare_0_6lS0RGOFg.html.

[xii]            V. LA NACIÓN 1Mar21.

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